Umbrales
Ley Antilavado

Asesoría

Si tu actividad es vulnerable recuerda estar atento a los montos de las transacciones económicas con cada cliente, de ello depende si debes abrir un expediente o enviar un aviso al SAT.
La LFPIORPI señala que algunas actividades, por el simple hecho de su giro, son consideradas como vulnerables, y en cambio, existen otras que sólo son consideradas así hasta sus transacciones rebasan ciertos umbrales, o montos.
En esta ley existen dos tipos de umbrales: el Umbral de Identificación y el Umbral de Aviso.
Algunas de las Actividades Vulnerables comprendidas en el Artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita son consideradas como tales por el simple hecho de su realización, y esto implica que siempre deberán identificar a sus clientes y siempre deberán enviar un aviso a la autoridad por cada una de las transacciones.

Umbral de Identificación.

Cuando se rebasa este monto, debes abrir un expediente de tu cliente.

Umbral de Aviso.

Cuando se rebasa este monto se debe enviar aviso a la autoridad, en este caso la Unidad de Inteligencia Financiera del SAT.

Prestación de Servicios de manera
independiente sin relación laboral:

Actividad

Umbral de Identificación

Umbral de Aviso

Compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos.
Siempre.
Cuando en nombre y representación de un cliente, se realice alguna operación financiera que esté relacionada con los actos señalados.
Administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes.
Siempre.
Cuando en nombre y representación de un cliente, se realice alguna operación financiera que esté relacionada con los actos señalados.
Manejo de cuentas bancarias,
de ahorro o de valores.
Siempre.
Cuando en nombre y representación de un cliente, se realice alguna operación financiera que esté relacionada con los actos señalados.
Organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles.
Siempre.
Cuando en nombre y representación de un cliente, se realice alguna operación financiera que esté relacionada con los actos señalados.
Constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles.
Siempre.
Cuando en nombre y representación de un cliente, se realice alguna operación financiera que esté relacionada con los actos señalados.

Umbral de Identificación

Umbral de Aviso

Actividad

UMA*

M.N.**

UMA*

M.N.**

Juegos con apuesta, concursos y sorteos.
325 $27,459.25 645 $54,496.05
Tarjetas de crédito o de servicios.
805 $68,014.45 1285 $54,496.05
Tarjetas prepagadas.
645 $54,496.05 645 $54,496.05
Cheques de viajero.
Siempre. Siempre. 645 $54,496.05
Préstamos o créditos, con o sin garantía.
Siempre. Siempre. 1605 $135,606.45
Servicios de construcción, desarrollo o
comercialización de bienes inmuebles.
Siempre. Siempre. 8025 $678,032.25
Comercialización de piedras y metales
precioso, joyas y relojes.
805 $68,014.45 1605 $135,606.45
Subasta y comercialización de obras de
arte
2410 $203,620.90 4815 $406,819.35
Distribución y comercialización de todo
tipo de vehículos (terrestres, marinos,
aéreos).
3210 $271,212.90 6420 $542,425.80
Servicios de blindaje (vehículos y bienes
inmuebles).
2410 $203,620.90 4815 $406,819.35
Transporte y custodia de dinero o
valores.
Siempre. Siempre. 3210 $271,212.90
Derechos personales de uso y goce de
bienes inmuebles.
1605 $135,606.45 3210 $271,212.90
Recepción de donativos por parte de
organizaciones sin fin de lucro.
1605 $135,606.45 3210 $271,212.90

Prestación de fe pública
por corredores públicos respecto a:

Umbral de Identificación

Umbral de Aviso

Actividad

UMA*

M.N.**

UMA*

M.N.**

Avalúos sobre bienes.
8025 $678,032.25 8025 $678,032.25
Constitución de personas morales mercatiles,
su modificación patrimonial.
Siempre. Siempre. Siempre. Siempre.
Constitución, modificación o cesión de
derechos de fideicomiso
Siempre. Siempre. Siempre. Siempre.
Otorgamiento de contratos de mutuo,
mercantil o créditos mercantiles.
Siempre. Siempre. Siempre. Siempre.
Vehículos
Siempre. Siempre. Siempre. Siempre.
Equipos y materiales para la elaboración
de tarjetas de pago.
Siempre. Siempre. Siempre. Siempre.
Materiales de resistencia balística.
Siempre. Siempre. Siempre. Siempre.
Joyas, relojes, metales y piedras
preciosas.
485 $40,977.65
valor individual
485 $40,977.65
valor individual
Obras de arte.
4815 $406,819.35 4815 $406,819.35

Recuerda

Los umbrales de aviso son acumulables, es decir, si en un periodo de 6 meses el mismo cliente realiza varias compras u operaciones y la suma de todas éstas supera el umbral de aviso, deberás estar atento para enviar el aviso correspondiente al SAT. Si el mismo cliente supera la suma antes de los 6 meses, deberás enviar el aviso de inmediato. Existen sistemas de gestión que te facilitan la tarea de monitorear las sumas de las compras de tus clientes, Prevenet es uno de éstos.

Restricciones de Uso
de Efectivo y Metales.

Asesoría

La Ley Antilavado de Dinero establece la restricción de pagar en efectivo (monedas, billetes o metales) hasta ciertos montos. Ubícalos:

Restricciones de Uso
de Efectivo y Metales

Actividad

Umbral de Identificación

Umbral de Aviso

Compraventa de inmuebles.
8025 $678,032.25
Compraventa de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres.
3210 $271,212.90
Compraventa de relojes, joyería, metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote y de obras de arte.
3210 $271,212.90
Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta,
concursos o sorteos; así como la entrega de permios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos.
3210 $271,212.90
Servicios de blindaje.
3210 $271,212.90
Compra venta de acciones o partes sociales.
3210 $271,212.90
Arrendamiento de inmuebles, nuevos o
usados.
3210 $271,212.90

Sanciones.
Antilavado de Dinero.

Asesoría

El incumplimiento de las disposiciones de la
Ley Antilavado deviene en la aplicación de multas:

 

200 y hasta 2000 UMA – A quienes incumplan con identificar clientes, presentar avisos en tiempo y forma, no atiendan los requerimientos de la SHCP.
2000 y hasta 10,000 UMA – A quienes incumplan la forma en que se paguen las obligaciones (fedatarios públicos).
10,000 y hasta 65,000 UMA – A quienes incumplan con enviar avisos a la autoridad o no respeten las restricciones de uso de efectivo.