Hay mensajes que nadie quiere encontrar en su bandeja de correo electrónico y uno de ellos es la famosa carta invitación del SAT en materia de lavado de dinero, la cual constituye una ‘invitación’ de la autoridad para los contribuyentes obligados a cumplir con las disposiciones de la Ley federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de procedencia Ilícita (LFPIORPI), conocida también como Ley Antilavado.

El objetivo de estas misivas es que los sujetos obligados regularicen o aclaren su situación jurídica relacionada con dicha ley y su reglamento, para lo cual la autoridad establece un plazo de 15 días hábiles a partir de del día siguiente a la notificación.

  1. Comienza por verificar si tu empresa efectivamente realiza alguna de las actividades vulnerables señaladas por la Ley Antilavado tales como construcción, outsourcing, mutuo, juegos y sorteos, blindaje de autos, compra venta de inmuebles, vehículos (aéreos, marítimos y terrestres), joyas y obras de arte, entre otros. Para salir de dudas puedes visitar el Portal de Prevención de Lavado de Dinero.
  2. En caso de que efectivamente realices una actividad vulnerable, date de alta en el Padrón de la Ley Antilavado. Este procedimiento deben hacerlo quienes por su profesión, actividad, giro u objeto social sean susceptibles de realizar una o más actividades vulnerables establecidas en el artículo 17 de la LFPIORPI. El registro se realiza en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero. Al término del trámite el portal emite un acuse de registro, el cual es indispensable para continuar con la aclaración en la Sección de Trámites del portal del SAT.
  1. En caso de que no realices una actividad vulnerable y aun así hayas recibido la carta invitación para regularizar tu situación, deberás realizar una carta aclaratoria para el SAT. Puedes utilizar la plantilla correspondiente precargada en el portal del SAT (en la sección de Aclaraciones) o acudir directamente a una oficina de la dependencia. Se aconseja adjuntar Constancia de Situación Fiscal y la Opinión del Cumplimiento.
  2. Si efectivamente realizas actividades vulnerables no está de más tener a mano la documentación que apara que cumpliste los tres puntos clave establecidos en la Ley Antilavado. Dichos aspectos son:
  1. Presentar Avisos Mensuales y por operación a la Secretaría de Hacienda para identificar operaciones riesgosas o que superen los umbrales económicos establecidos por la ley.
  2. Almacenamiento y ordenamiento de la información de los clientes.
  3. Elaboración de expedientes de cada cliente y resguardo de su información durante cinco años.
  1. A la par considera buscar orientación fiscal, pues el cumplimiento de la Ley Antilavado no opcional. Ten presente que acatar sus disposiciones puede evitar multas y penas de cárcel.

Recuerda que una manera sencilla para cumplir con la ley es mediante la adopción de un software especializado como Prevenet, un sistema en la nube de gestión de información que ayuda a las empresas de outsourcing a cumplir con esa legislación.

Este sistema tiene parametrización del sistema con actualización automática de UMA, umbral de identificación, umbral de aviso, límites de efectivo y seguimiento de operaciones durante los seis meses que marca la LFPIORP. También cuenta con una mesa de apoyo que opera de lunes a viernes.

 

¡Infórmate sobre el servicio! Contacta a los expertos de Prevenet, en el (01 55) 52643146 o escribe a info@prevenet.com.mx.

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